Prórroga en el impuesto a las ganancias

Jurisdicción: Nacional. Resolución General (AFIP) 5514/2024 – Impuesto a las Ganancias. Prórroga para la presentación del F. 572 Web. Período Fiscal 2023.

B.O: 30/05/2024.

Mediante la presente Resolución General se prorroga excepcionalmente al 30/06/2024 inclusive, la presentación del formulario de Declaración Jurada F. 572 Web correspondiente al período fiscal 2023, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG – Trabajador)” que deberán efectuar todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores, a efectos de permitir la deducibilidad y cómputos de pagos a cuenta anual.

Por su parte, los agentes de retención deberán efectuar la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2023 hasta el 31/07/2024, inclusive.

Además, el importe determinado en esta liquidación será retenido o reintegrado en el primer pago posterior a la mencionada liquidación hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive.

Por último, la retención que arroje esta liquidación anual se deberá informar e ingresar hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la Declaración Jurada del periodo Julio 2024 con vencimiento en Agosto 2024, utilizando el Sistema de Control de Retenciones (SICORE) y consignando como fecha de retención el 31/07/2024.

Las disposiciones de esta Resolución resultan aplicables desde el 30/05/2024.

Si necesitas ayuda con esta liquidación anual del Impuesto a las ganancias, no dudes en contactarnos.